El Real Decreto 568/2020, publicado recientemente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, establece que los organismos de evaluación que quieran ser notificados por dicho Ministerio para operar conforme a la normativa europea sobre productos fertilizantes deberán estar previamente acreditados por la Entidad Nacional de Acreditación (Enac) según la norma UNE-EN ISO/IEC 17065.
Dicho real decreto designa a la autoridad notificante en materia de productos fertilizantes y da cumplimento al Reglamento (UE) 2019/1009 publicado el año pasado por el Parlamento Europeo, por el que se establecen las disposiciones relativas a la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE.
En el texto del real decreto, se establece que, para convertirse en organismo notificado, “el organismo de evaluación de la conformidad deberá cumplir la norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 o la que pueda sustituirla en el futuro. (…) La evaluación y la supervisión de estos organismos de evaluación de la conformidad se realizarán por el organismo nacional de acreditación de conformidad con el Real Decreto 1715/2010, por el que se designa a la Entidad Nacional de Acreditación (Enac) como organismo nacional de acreditación” en España.
Enac y el sector agroalimentario
La acreditación de Enac en el ámbito agroalimentario aporta la garantía de que determinados productos y servicios que se ponen en el mercado reúnen unos requisitos de seguridad específicos, así como una serie de características diferenciales de calidad.
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