La Entidad Nacional de Acreditación ya puede acreditar a las entidades que quieran certificar el cumplimiento con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS). El nuevo esquema de acreditación ha sido desarrollado en estrecha colaboración con el Ministerio de Hacienda y de Administraciones Públicas y el Centro Criptológico Nacional (CCN).
El Real Decreto 3/2010 de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, fija los principios básicos y requisitos mínimos, así como las medidas de protección a implantar en los sistemas de la Administración Pública. Uno de sus principales objetivos es generar confianza en que existe una protección adecuada de la información y que los sistemas funcionan sin interrupciones o modificaciones fuera de control e impidiendo el acceso a personas no autorizadas.
Instrumentos de apoyo
El Centro Criptológico Nacional (CCN) ha desarrollado las guías de la serie 800 como instrumentos de apoyo a la adecuación al ENS. Por su parte, la “Guía de Seguridad (CCN-STIC-809): Declaración y Certificación de Conformidad con el ENS y Distintivos de Cumplimiento” establece que, cuando se trate de sistemas de información de categoría media o alta, la certificación de conformidad con el ENS deberá ser expedida por una entidad certificadora acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación, conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012.
Se establece un periodo transitorio de 12 meses, en el que las entidades de certificación del ENS podrán realizar sus actividades de certificación antes de haber conseguido la acreditación de Enac.
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