La Directiva 2014/94/UE sobre el despliegue de la infraestructura de combustibles alternativos requiere que los Estados miembros de la UE y los Estados del EEE mejoren la información dada a los consumidores, que tienen una gran variedad de combustibles para sus vehículos. Con ese fin, se ha elaborado un estándar europeo con símbolos comunes, o 'identificadores de combustible', para todos los países miembros. Esta normativa entra en vigor el próximo 12 de octubre.
Con el fin de ayudar a los consumidores y a los concesionarios de vehículos y a las estaciones de servicio a entender estas nuevas etiquetas, las asociaciones ANFAC (fabricantes de automóviles), ANESDOR (sector de las dos ruedas), AOP (operadores de productos petrolíferos) y UPI (operadores de productos petrolíferos sin capacidad de refino) han trabajado en estrecha colaboración para la traducción, redacción y publicación de unos folletos informativos, que serán presentados próximamente. Estos documentos, en formato de preguntas y respuestas, explican el propósito de los identificadores y etiquetas de combustible, su diseño y en qué vehículos aparecerán.
Estas etiquetas figurarán:
- En la proximidad del tapón de llenado o de la tapa del depósito de los vehículos nuevos.
- En los manuales de usuario de los nuevos vehículos, pudiendo aparecer también en los manuales electrónicos disponibles a través del centro multimedia del vehículo.
- En los aparatos surtidores y en sus boquereles de todas las estaciones de servicio de acceso público.
- En los concesionarios de vehículos.
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