El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha publicado el Real Decreto 929/2020 sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias, que aplica al sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG) y en el que se desarrollan los requisitos en materia de seguridad e interoperabilidad del sistema ferroviario en su conjunto. Además, el texto establece disposiciones para garantizar el desarrollo y la mejora de la seguridad, así como la mejora del acceso al mercado de los servicios de transporte ferroviario.
Según recoge el artículo 90 del Real Decreto, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF) será la autoridad notificadora de los organismos de evaluación de la conformidad; es decir, se encargará de “establecer y aplicar los procedimientos necesarios para la evaluación, notificación y seguimiento de los organismos de evaluación de la conformidad” que quieran evaluar aspectos relacionados con la seguridad operacional y la interoperabilidad ferroviaria del sistema ferroviario de la RFIG.
Asimismo, el artículo 97 del citado Real Decreto recoge que, para poder llevar a cabo sus actividades, estos evaluadores de la conformidad deberán estar acreditados por Enac, la Entidad Nacional de Acreditación, conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17065.
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